Decreto Nº 3110-2021
Créase la Residencia de Emergencia de Emergentología.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O. 3487 del 7-10-21.-
Dictado el 23-09-21.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1º.-Créase la Residencia de Emergencia de Emergentología con un cupo de 4 becas para residentes y 2 para jefes de residentes, distribuidas de la siguiente manera: 2 becas y 1 jefatura para el Establecimiento Asistencial Dr. Lucio Molas y 2 becas y 1 jefatura para el Establecimiento Asistencial Gobernador Centeno.
Artículo 2°.-Determinase el aumento de 2 y 1 jefe de residentes el cupo de becas de la Residencia de Terapia Intensiva Adultos, destinada a la sede Establecimiento Asistencial Gobernador Centeno.
Artículo 3°.-Fíjase un cupo de 1620 horas cátedra prácticas para los agentes a cargo de tareas docentes en las residencias profesionales.
Artículo 4°.-A los fines del presente ejercicio el cómputo de becas y horas cátedra deberá determinarse a partir del mes de octubre del año 2021.